Proceso de reintegro

El estudiante de reintegro es aquel que, luego de haberse retirado voluntariamente por un periodo igual o superior a tres meses, recibirá asesoría por parte de gestión académica para la continuación de su programa de formación, si el tiempo como inactivo es de tres meses a dos años.

PARAGRAFO 1: El estudiante puede reintegrar a la institución durante un periodo no mayor a dos años, y se debe acoger a las condiciones de acuerdo al pensum vigente a la fecha de su reintegro. Si al reintegro del estudiante el pensum cambió y este tiene el 80% de los módulos de formación vistos y aprobados, el resto deben ser realizados de forma personalizada, pagando los costos que estén estipulados para tal actividad.

PARAGRAFO 2: Si el tiempo de ausencia del estudiante que solicita su reintegro es superior a dos años, no se le valida los conocimientos previos adquiridos en FORMAR y debe iniciar su formación nuevamente.